- El dominio de la página calatravatelaclava.com debe quedar suprimido.
- El juez considera «injurioso y vejatorio» el contenido «te la clava» de la dirección.
- La Fiscalía había pedido que se desestimara la demanda y primara la libertad de expresión de los diputados sobre el derecho al honor del polémico arquitecto.
- La sentencia es recurrible.
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J. L. OBRADOR @jlobrador
El titular del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valencia ha condenado a Esquerra Unida (EU) a indemnizar con 30.000 euros al arquitecto valenciano Santiago Calatrava por poner en funcionamiento una web (calatravatelaclava.com) que este consideraba ofensiva. El magistrado estima de este modo la demanda interpuesta por Calatrava y ordena que cese el funcionamiento del dominio de la página.
Se da la circunstancia que, durante el juicio, el Ministerio Fiscal solicitó que se desestimara la demanda, al entender que debe primar la libertad de expresión, en este caso de los diputados de Esquerra Unida, sobre el derecho al honor del arquitecto. En la sentencia, el magistrado considera que la propia denominación del dominio web («te la clava») alude a que Calatrava «engaña, traiciona, estafa, se enriquece injustamente», lo que constituye «una intromisión ilegítima en el ámbito de la protección del derecho al honor, que necesariamente se ve conculcado y lesionado» de un modo «injurioso y vejatorio».
En cuanto al contenido de la web, son noticias que el magistrado ve «poco favorables a la labor profesional del arquitecto», ya que destacan los sobrecostes, obras inacabadas o astronómicos honorarios de Calatrava, si bien considera que, en algunos casos «constituyen verdades objetivas incontrovertidas».
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